Separación de poderes
La separación de poderes es el principio según el cual las funciones de hacer las leyes, gobernar y juzgar deben corresponder a órganos distintos, de modo que ninguno concentre todo el poder y cada uno pueda limitar a los demás.
Escucha cómo lo explicamosOrigen de la idea
Su formulación moderna más citada es la de Montesquieu en «Del espíritu de las leyes» (1748), que distinguió entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 lo convirtió en un requisito constitucional: según su artículo 16, una sociedad sin garantía de los derechos ni separación de poderes determinada carece de Constitución.
Cómo se reparten los poderes en España
La Constitución de 1978 no emplea la expresión, pero atribuye cada función a un órgano: las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa y controlan al Gobierno (artículo 66); el Gobierno ejerce la función ejecutiva (artículo 97); y jueces y magistrados, «independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley», administran justicia (artículo 117).
En un sistema parlamentario como el español, legislativo y ejecutivo no están del todo separados: el Gobierno necesita la confianza del Congreso, y el Congreso puede retirársela. Por eso suele hablarse más de colaboración y control mutuo que de separación estricta.
La independencia judicial
Es la parte del principio que más debate genera. La discusión habitual se refiere a cómo elegir a los órganos de gobierno de los jueces, como el Consejo General del Poder Judicial, y a qué grado de intervención de los partidos es compatible con esa independencia.
Lo explicamos en el podcast

#77 · 28 nov 2018
El Consejo General del Poder Judicial
- 6:20
Explicamos para qué sirve el poder judicial y qué lugar ocupa frente al legislador.
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Explicamos por qué la justicia debe ser imparcial y qué ocurría cuando los jueces dependían de otros poderes.
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- 6:20

#155 · 15 dic 2022
El TC y el CGPJ
- 18:12
Recordamos de dónde emana la legitimidad de los tres poderes y qué protección tienen los jueces frente a las presiones.
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- 18:12