Estado de sitio

El estado de sitio es la más grave de las situaciones extraordinarias previstas en la Constitución. Se reserva para insurrecciones o actos de fuerza contra la soberanía, la independencia, la integridad territorial o el orden constitucional de España.

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Cómo se declara

Lo declara el Congreso por mayoría absoluta y a propuesta exclusiva del Gobierno (artículo 116.4 de la Constitución). El propio Congreso determina su ámbito territorial, duración y condiciones. A diferencia de los estados de alarma y de excepción, la ley no fija un plazo máximo.

La Ley Orgánica 4/1981 lo prevé para los casos en que la insurrección o el acto de fuerza no puedan resolverse por otros medios. Como en los otros dos estados, no se puede disolver el Congreso mientras esté en vigor.

Papel de las autoridades militares

El Gobierno asume las facultades extraordinarias y designa a la autoridad militar que ejecutará las medidas, que publica los bandos necesarios (artículos 33 y 34 de la ley). El Congreso puede decidir que determinados delitos pasen a la jurisdicción militar (artículo 35). Las autoridades civiles mantienen las facultades que no se hayan atribuido a la militar (artículo 36).

Derechos que se pueden suspender

Además de los derechos suspendibles en el estado de excepción, el estado de sitio permite suspender las garantías del detenido previstas en el artículo 17.3 de la Constitución, como el derecho a ser informado de sus derechos y a la asistencia de abogado.

Lo explicamos en el podcast

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Fuentes